Oficial la regularización de autos «chocolate»
Ante la publicación de ayer en el Diario Oficial de la Federación, respecto al Decreto que permite la regularización de autos usados de importación, los diversos sectores industriales de la industria automotriz manifestaron tu total desaprobación a tal acción.
Así es que los titulares de la AMIA, AMDA, ANPACT y la INA, en conferencia prensa, manifestaron tu total inconformidad de dicho Decreto, aun cuando éste sea temporal por seis meses.
Curiosamente este Decreto agiliza de manera casi inmediata la regularización de estos autos chatarra, ya que si se quisiera hacer por los procesos tradicionales, sería mucho más lento y caro.
Guillermo Rosales Zarate, presidente ejecutivo de la AMDA afirmó que el área jurídica ya analiza la posibilidad de presentar este recurso legal.
Por ello, ya se turnó a los asesores legales para que hagan una revisión puntual y estarán dándonos un dictamen para establecer la viabilidad de interponer un recurso de amparo ante la justicia federal.
La Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA) declaró que es lamentable que este nuevo decreto afecte a la industria automotriz en nuestro país, dijo José Guillermo Zozaya Délano, Presidente de esta asociación
«Antes que nada, hemos manifestado que legalizar lo ilegal no funciona en ningún lado; ahuyenta las inversiones no es un buen momento para tomar una medida de este tipo”, puntualizó.
Como se mencionó, el 19 de enero se publicó en la edición Vespertina del Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, que se encuentren en el territorio de los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas, y no cuenten con el documento que acredite su legal estancia en el país, mediante las facilidades administrativas y estímulos previstos en la disposición.
Entre algunas de las disposiciones se establece lo siguiente:
Artículo 3.- Se podrá obtener el beneficio establecido en el artículo anterior siempre y cuando:
I. El vehículo se encuentre en el territorio de los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas y no se cuente con el documento que acredite su legal estancia en el país;
II. El año-modelo del vehículo sea de ocho o más años anteriores a aquél en el que se realice la importación definitiva;
III. El propietario que realice la importación sea persona física, mayor de edad, residente en el territorio de los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas;
IV. Presentar una manifestación bajo protesta de decir verdad de que el vehículo no se encuentra en los supuestos previstos en el artículo 5 de este Decreto, y
V. Se cubra un aprovechamiento de $2,500.00 (dos mil quinientos pesos 00/100 M.N). Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que apliquen lo dispuesto en el presente Decreto, equivalente al monto de las contribuciones y multas federales que se causen o generen por la importación definitiva prevista en este instrumento.
Artículo 5.- No podrán importarse en forma definitiva al territorio nacional, los vehículos usados en los términos de este Decreto, que:
I. Por sus características o aspectos técnicos, esté restringida o prohibida su circulación en el país de procedencia o en México;
II. El vehículo a importar sea de lujo o deportivo a que se refiere el Anexo 2 de la Resolución que establece el Mecanismo para Garantizar el pago de Contribuciones en Mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ni se trate de vehículos blindados;
III. No cumplan con las condiciones físico mecánicas o de protección al medio ambiente, de conformidad con las disposiciones federales o locales aplicables;
IV. Hayan sido reportados como robados, o
V. Se encuentren relacionados con la comisión de un delito en alguna carpeta de investigación o proceso penal.