Olinia deberá cumplir con los estándares mínimos de seguridad
-Deberá estar sujeta a una normativa de seguridad, alineada con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
Ante la reciente presentación de la marca de vehículos eléctricos y propiedad del gobierno federal, en la conversación hay más preguntas que respuestas, y en la que la seguridad y vida de las personas no tienen precio, por lo que esto va más allá del negocio y propuesta que pudieran significar estos vehículos.

Marca y vehículos que deberán cumplir con la NOM 194 y que se refiere a los estándares mínimos de seguridad con la que deben cumplir los vehículos que circulan por las calles y autopistas de este país. Y al mismo tiempo, no crear una NOM excluisva para los vehículos de Olina, porque de ser así, seguramente entrarán al país infinidad de marcas y vehículos que no cumplan con la seguridad, y muchos de ellos podrían importarse de China.

Así lo dijeron en conferencia de prensa, Stephan Brodziak, de la organización de El Poder del Consumidor; Areli Carreón, de la Coalición Movilidad Segura; y Alejandro Fura, de Latin NCAP, quienes reconocieron el potencial de la marca mexicana para impulsar la electromovilidad urbana y la innovación tecnológica nacional; aunque advirtieron que el avance en electromovilidad debe construirse con reglas claras desde el inicio, sobre todo en seguridad vial.

El pasado 7 de junio, el gobierno de México presentó al vehículo Olinia como una alternativa de movilidad eléctrica urbana de bajo costo, con velocidad máxima de 50 km/h y capacidad para seis pasajeros, con comercialización prevista para 2027.
El responsable del proyecto, Roberto Capuano, ha planteado la creación de una nueva Norma Oficial Mexicana distinta de la NOM-194, bajo el argumento de que se trata de una nueva categoría de movilidad urbana y que, debido a la velocidad a la que circularía el vehículo tendría condiciones de seguridad particulares.
Stephan Brodziak, coordinador de la campaña de Seguridad Vehicular de El Poder del Consumidor, señaló: “Tenemos ante nosotros la posibilidad de innovar no sólo desde el diseño vehicular sino también desde el marco regulatorio. Si Olinia es un nuevo inicio para el desarrollo industrial del país, también debe serlo en lo jurídico.

“Lo que no puede ocurrir es que nazca en una zona gris o con estándares inferiores a los indispensables para proteger vidas. Hemos escuchado que, por tratarse de un vehículo con velocidad máxima de 50 km/h y de uso urbano, no se le exigirían los mismos estándares mínimos de seguridad que a otros vehículos ligeros. Ese razonamiento es incompleto. En caso de un choque, con un peso bruto vehicular estimado de 1,300 kg y circulando a 50 km/h, aún existe el potencial de provocar lesiones graves o la muerte.

“Incluso, limitando la velocidad máxima a 50km/h, no se elimina la necesidad de frenos antibloqueo (ABS), protección estructural frontal y lateral, cinturones de tres puntos en todas las plazas y tecnologías para prevenir atropellamientos, como el frenado autónomo de emergencia, así como el sistema de retención infantil”.
Así es que los sistemas mínimos de seguridad con los que deberá cumplir Olina son frenos ABS, protecciones de impactos frontales y traseros, bolsas de aire, frenado autónomo de emergencia, y bolsas de aire, lo que sin duda, sacará del precio económico que pretenden las autoridades para los vehículos de esta marca. Y de hecho, se desconoce si alguno de los modelos de Olinia tiene por lo menos una estrella de seguridad que mide Latin NCAP, dijo Alejandro Furas.
Con este enfoque, los vehículos deben diseñarse para reducir las consecuencias de los errores humanos y proteger tanto a sus ocupantes como al resto de las personas usuarias de la vía. Lo relevante es garantizar que cualquier regulación específica preserve un nivel adecuado de protección y no se convierta en una vía para reducir los estándares de seguridad. Si se considera necesario desarrollar una nueva categoría regulatoria para este tipo de vehículos, ello no debe convertirse en un pretexto para disminuir lo exigido por ley, precisaron los ponentes.

Porque no basta con limitar la velocidad máxima para asumir que un vehículo es seguro. También se puede demostrar que los vehículos pueden mejorar su desempeño cuando incorporan elementos básicos de protección, como bolsas de aire y sistemas de retención eficaces.
Por ello, cualquier regulación mexicana para Olinia o vehículos equivalentes debe exigir una prueba de choque frontal completo a 50 km/h, utilizando las lesiones de los ocupantes como patrón de aceptación, además de pruebas laterales y criterios de integridad estructural.
Así es que organizaciones de la sociedad civil y especialistas en el tema lanzaron hoy una advertencia: el vehículo eléctrico Olinia debe incorporar estándares mínimos que protejan la vida y la integridad de sus ocupantes, así como de peatones, ciclistas y motociclistas.
Finalmente, hicieron un llamado a la Secretaría de Economía y a las autoridades responsables del proyecto Olinia para que cualquier Norma Oficial Mexicana que eventualmente se emita para regular al Olinia, así como a otros vehículos equivalentes, establezca estándares mínimos de seguridad vehicular alineados con la LGMSV y con las mejores prácticas internacionales, garantizando la protección de todas las personas usuarias de la vía, especialmente peatones, ciclistas, motociclistas, niñas y niños.
